Medidas económicas para que pymes y grandes empresas enfrenten la crisis del COVID-19

Las Medidas económicas para que pymes y las grandes empresas son dos grupos de entidades con gran importancia para la economía nacional. Se consideran como los grandes contribuidores al PIB. A continuación presentaremos algunas ayudas económicas que el gobierno Español ha diseñado para ayudarlos a superar la crisis generada por el COVID-19. En este caso no abordaremos el ERTE porque ha sido tema de análisis en otro de nuestros artículos.

Aplazamiento de Impuestos o moratoria de impuestos

Descripción: Es una moratoria que afectará tanto en el IVA como en el Impuesto de Sociedades en las PYMES (Modelo 202).

Beneficios: Las empresas van a disfrutar de un aplazamiento de 6 meses en el pago de impuestos para las declaraciones y liquidaciones con plazo de presentación hasta el 30 de mayo de 2020.

Estos son los puntos más destacados de esta medida del Gobierno:

Otra información: No se devengarán intereses de demora durante los 3 primeros meses de aplazamiento. En los 3 meses siguientes sí según cada caso. A esta medida solo solo se podrán acoger empresas con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019.

¿Cómo aplazar impuestos por COVID?

  1. Presentación: Se realiza como cualquier procedimiento normal de autoliquidación en la que enumeras los impuestos a pagar. Debes marcar la opción «reconocimiento de deuda». Luego accede a la página de Hacienda Tributaria a través de este enlace. Pulsa en aplazamiento y fraccionamiento de deudas luego en presentar solicitud.
  2. Acceder al sistema mediante clave permanente o certificado digital.
  3. Rellenar los formularios.
  4. Firmar y enviar.

Aplazamiento en reembolsos de préstamos de la Secretaría General de Industria.

Descripción: Es una medida para todas las empresas que deben dinero.

Requisitos:

  • El plazo de devolución es inferior a 6 meses desde la aprobación del Real Decreto-ley 7/2020.
  • Que esté justificado que el Covid-19 tiene impacto en la empresa.
  • La moratoria es una adaptación en el calendario de pago y deberá realizarse siempre dentro del periodo voluntario de pago.

¿Cómo solicitar la ayuda económica?

Puedes obtener toda la información del procedimiento en este enlace.

Ayudas para el sector turístico por el Coronavirus mediante créditos ICO

Ayudas para turismo por coronavirus

Descripción: Empresas que estén directamente relacionadas con el sector turístico como puede ser el transporte, los hoteles o las agencias de viajes, entre otros, podrán acogerse a esta medida. Para esto el gobierno ha aprobado el aumento de la línea de financiación para los afectados por la bancarrota del grupo Thomas Cook en 200 millones de euros más subiéndola hasta los 400 millones.

Requisitos:

  • Las empresas no podrán figurar en situación de morosidad.
  • El importe máximo por cliente y año es de 500.000 euros.
  • La financiación se formalizará bajo la modalidad de préstamo con las entidades acreditadas (BBVA, Santader y Cajamar).
  • Plazo de amortización de 4 años con máximo de 1 año de carencia.
  • Un tipo fijo máximo anual del 1,50 % TAE.

Beneficios: Con esta inyección de dinero muchas empresas podrán soportar periodos de inactividad o cumplir con obligaciones económicas.

¿Cómo tramitar las ayudas al sector turísticos?

Primero debes acercarte a tu entidad bancaria para que esta te oriente y además saber si trabaja con esta línea. Por lo general deberás presentar los siguientes documentos:

  • Declaración de ayudas de minimis.
  • Documentación que acredita la condición de cliente de esta financiación con garantía del ICO.
  • Copia del CIF (empresas) o NIF (autónomos).
  • Copia de escritura o estatutos donde se acuerde el domicilio social que corresponda al momento de la fecha de firma de la operación Modelo 036 o 037 donde figura el CNAE del cliente.

Moratoria en los pagos de hipotecas de locales comerciales

Esta medida aprobada en el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril hace posible a las empresas tener una moratoria en sus alquileres si han cesado su actividad o han reducido su facturación en un 75%.

Requisitos:

  • Deben de ser arrendamientos para el uso distinto de la vivienda.
  • Los arrendadores deben ser empresas, entidades públicas o gran tenedores que cuenten con más de 10 inmuebles o 1.500 metros cuadrados de superficie.

Otras informaciones:

  • La moratoria es aplicable al periodo que dure el Estado de Alarma y con un máximo de 4 meses.
  • La cantidad aplazada se debe pagar fraccionadamente entre las próximas cuotas desde la primera hasta un máximo de 2 años o el tiempo que dure ese contrato de arrendamiento.
  • Para poder optar a esta moratoria se debe acreditar el estado de cese o la reducción de la facturación.

Ayudas privadas por Coronavirus a empresas

Ayudas a empresas

Gran cantidad de empresas y entidades privadas han facilitado formas de minorar la carga económica para las empresas. Dentro de las ayudas a la hora de afrontar la crisis del coronavirus las empresas pueden solicitar:

  • CaixaBank: Una línea de créditos de 25.000 millones para PYMES por el Coronavirus.
  • BBVA:  25.000 millones de euros en líneas de financiación para PYMES.
  • Banco Santander: Créditos preconcedidos por 20.000 millones para PYMES.

Te hemos relacionado las ayudas disponibles para las empresas y pymes. Si eres propietario sabes que tienes alternativas para que tu empresa pueda sobrepasar esta crisis.

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