Un residente permanente o » titular de la tarjeta verde » es un inmigrante al que se le ha otorgado el privilegio de vivir y trabajar permanentemente en los Estados Unidos.
Para convertirse en residente permanente, primero debe obtener un número de visa de inmigración. La ley de los Estados Unidos limita la cantidad de visas de inmigrante disponibles cada año. Esto significa que incluso si el USCIS aprueba una solicitud de visa de inmigrante para usted, es posible que no se le emita un número de visa de inmigrante de inmediato.
En algunos casos, pueden pasar varios años entre el momento en que USCIS aprueba su solicitud de visa de inmigrante y el Departamento de Estado le da un número de visa de inmigrante. Además, la ley estadounidense también limita el número de visas de inmigrante disponibles por país. Esto significa que es posible que tenga que esperar más si viene de un país con una gran demanda de visas de inmigrante de EE.UU.
El proceso para obtener su número de visa
Debe pasar por un proceso de varios pasos para convertirse en inmigrante:
- En la mayoría de los casos, su empleador o pariente (conocido como el peticionario) debe presentar una petición de inmigración al USCIS. (Excepción: ciertos solicitantes, como trabajadores prioritarios, inversionistas, ciertos inmigrantes especiales e inmigrantes de diversidad pueden presentar una petición en su propio nombre).
- USCIS enviará un aviso al peticionario si se aprueba la petición de visa.
- USCIS envía la petición aprobada al Centro Nacional de Visas del Departamento de Estado, donde permanecerá hasta que esté disponible un número de visa de inmigrante.
- El beneficiario (la persona que busca la visa de inmigración) recibirá dos avisos del Centro Nacional de Visas: uno cuando se reciba la petición de visa y nuevamente cuando un número de visa de inmigrante esté disponible.
- Si ya se encuentra en los EE. UU., Puede solicitar el ajuste al estatus de residente permanente . Si se encuentra fuera de los EE. UU., Se le notificará que debe ir al consulado de los EE. UU. Local para completar el procesamiento de una visa de inmigrante.
Elegibilidad
Los números de visa de inmigrante se asignan según un sistema de preferencias.
Los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses, incluidos padres, cónyuges e hijos solteros menores de 21 años, no tienen que esperar a que el número de visa de inmigrante esté disponible una vez que el USCIS apruebe la petición presentada por ellos. Un número de visa de inmigrante estará disponible de inmediato para los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses.
Otros familiares en las categorías restantes deben esperar a que una visa esté disponible de acuerdo con las siguientes preferencias:
- Primera preferencia: hijos e hijas adultos solteros de ciudadanos estadounidenses. Adulto significa 21 años de edad o más.
- Segunda preferencia: cónyuges de residentes permanentes legales y los hijos e hijas solteros (independientemente de la edad) de los residentes permanentes legales y sus hijos.
- Tercera preferencia: Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses, sus cónyuges y sus hijos menores.
- Cuarta preferencia: hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses adultos, sus cónyuges y sus hijos menores.
Si su inmigración se basa en el empleo, debe esperar a que esté disponible un número de visa de inmigrante de acuerdo con las siguientes preferencias:
- Primera preferencia: Trabajadores prioritarios, incluidos extraterrestres con habilidades extraordinarias, profesores e investigadores destacados y ciertos ejecutivos y gerentes multinacionales.
- Segunda preferencia: miembros de profesiones con títulos avanzados o personas de capacidad excepcional.
- Tercera preferencia: trabajadores calificados, profesionales y otros trabajadores calificados.
- Cuarta preferencia: Ciertos inmigrantes especiales, incluidos aquellos con vocaciones religiosas.
- Quinta Preferencia: Inmigrantes de Creación de Empleo.
Consejos
Cómo comunicarse con el NVC: No es necesario que se comunique con el Centro Nacional de Visas mientras espera que se le asigne un número de visa de inmigrante, a menos que cambie su dirección o haya un cambio en su situación personal que pueda afectar su elegibilidad para una visa de inmigrante.
Investigar los tiempos de espera: las solicitudes de visa aprobadas se colocan en orden cronológico de acuerdo con la fecha en que se presentó cada solicitud de visa. La fecha en que se presentó la solicitud de visa se conoce como su fecha de prioridad.
El Departamento de Estado publica un boletín que muestra el mes y año de las solicitudes de visa en las que están trabajando, por país y categoría de preferencia. Si compara su fecha de prioridad con la fecha que figura en el boletín, tendrá una idea de cuánto tiempo llevará obtener un número de visa de inmigrante.